Requisitos para el crédito a tasa cero del Gobierno para monotributistas

El tan esperado crédito a tasa cero para monotributistas, que puede darle una mano a todos los cuentapropistas y pequeños contribuyentes que no fueron alcanzados por las anteriores medidas del Gobierno, va tomando forma, y desde el Estado salieron las primeras reglamentaciones.

Los primeros requisitos, publicados en el Boletín Oficial, son bastante amplios y abarcan a los contribuyentes del régimen simplificado de todas las categorías. 

Pautas del Crédito a tasa cero

Las pautas delineadas por el Gobierno para que un monotributista pueda recibir este crédito son las siguientes:

Disponible para todas las categorías del monotributo, desde la A hasta la K

En este caso, todos los monotributistas, incluso los de las categorías más bajas, A y B, siempre que no hayan obtenido el Ingreso Familiar de Emergencia de $10.000 que comenzó a pagar la Anses.

Por ejemplo: si un grupo familiar está conformado por dos monotributistas de categoría B y uno de ellos accedió al IFE, el otro cónyuge podrá obtener el crédito.

Que no hayan facturado al Estado

Los monotributistas que le hayan facturado al Estado no podrán acceder al crédito. Sin embargo, podrán obtener el préstamo si la facturación al sector público representa menos del 70% del total de sus ingresos regulares.

Que no cobren otros ingresos

No podrán cobrar el crédito quienes tengan un ingreso en relación de dependencia o una jubilación, además de lo que facture como inscripto al régimen simplificado.

Que la facturación haya caído por debajo de los límites inferiores de su categoría

Los monotributristas deberán haber sufrido una caída nominal en su facturación electrónica entre el periodo que va del 12 de marzo al 12 de abril.

La facturación debe haber retrocedido a niveles por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

Un ejemplo de esto es: si usted es categoría D, y la facturación en este periodo ha sido menor a la que correspondía para su categoría, puede acceder al crédito.

Quienes tomen el crédito no podrán comprar dólares

Los monotributristas y autónomos que accedan a estos créditos no podrán comprar dólares hasta que terminen de saldar la deuda. Tampoco podrán operar divisas a través del “dólar Bolsa” o del “contado con liqui”.

¿Como saber si soy beneficiario del Crédito a tasa cero del Gobierno?

Ahora bien. Si cumples con todos los requisitos informados antes, lo que sigue es saber como nos enteramos que finalmente tenemos el crédito disponible.

La AFIP, en los próximos días, comunicará vía e-mail al domicilio fiscal electrónico de cada contribuyente que cumpla con estos requisitos que tiene un crédito a disposición. Si el monotributista acepta, se le acreditará el dinero (con un tope de $150.000) en tres cuotas mensuales en su tarjeta de crédito.

Ese dinero podrá usarse para comprar con tarjeta o abonar el resumen de cuenta. Durante esos tres meses, además, el Gobierno depositará el monto correspondiente a los impuestos, que la AFIP retendrá

¿Como se devuelve el crédito?

El dinero del préstamo se devolverá en 12 cuotas mensuales, a tasa cero y Costo Financiero Total cero. Y habrá, además, seis meses de gracia, por lo que el préstamo comenzaría a saldarse en octubre.

Quien tome los $150.000, entonces, devolvería, entre octubre y septiembre de 2021, $12.500 mensuales.

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